![]()
|
|
Breve
Introducción a la Heráldica Heraldry
- Héraldique - Wappenkunde - Araldica
– Heraldica Académico
correspondiente de la Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía |
|
|
|
|
|
|
Esta página pretende introducir
a los no iniciados en las nociones y conceptos más elementales del llamado Arte
del Blasón. No pretende ser un Tratado de Heráldica, donde se
recojan todos los conocimientos sobre esta ciencia, sino, sobre todo, un
instrumento útil para que
aquellos que no saben nada de este antiguo arte, puedan empezar a entender e
interpretar un escudo de armas o un emblema heráldico con un mínimo de
conocimiento. Para los que quieran
profundizar en esta ciencia, al final recomiendo alguna bibliografía,
aunque hay mucha más. Espero que, al menos,
resulte útil.
|
|
Esto
de la Heráldica, a casi todo el mundo le suena a cosa medieval,
relacionada con los torneos, las justas, la nobleza, los caballeros de la
Mesa Redonda, etc. Y la verdad es que los que así piensan no andan muy
descaminados. Es difícil determinar con exactitud cuándo
nace la Heráldica en el sentido en que la definía el Marqués de Avilés, en su “Ciencia Heroyca”, publicada allá por
1725: “el Blasón es
el Arte, que con términos, y voces propias de él enseña en la inteligencia
del Escudo de Armas, la de los esmaltes, figuras, y ornamentos, el orden de
componerles con reglas, y preceptos ciertos, a el modo que le tienen todas
las demás Facultades, y Ciencias”. Es decir: la ciencia que nos ayuda a entender y a componer
adecuadamente los escudos de armas; o el código de
reglas que permite representar y o describir correctamente los escudos de
armas.
Lo que es indudable es que, desde la más remota antigüedad, las personas y
toda clase de colectividades humanas han usado signos que los identificaran y
los distinguieran de los demás, especialmente en aquellas circunstancias en
las que esa diferenciación se hacía más necesaria, como en el campo de batalla. Si bien puede considerarse que existen elementos
heráldicos o proto-heráldicos desde hace miles de años, la heráldica como hoy
la entendemos tiene origen medieval y aparece en Europa occidental alrededor
del siglo XII. Los “escudos de armas” se originaron en esta época por la
necesidad de distinguirse los caballeros en el campo de batalla. Los
emblemas utilizados, que en principio respondían a la voluntad individual y a
la imaginación de su portador, pronto se hicieron hereditarios y se
organizaron en un sistema de normas y convenciones, con un lenguaje y una
terminología propios; especialmente al quedar su concesión restringida a una
prerrogativa real que se ejercía a través de los De este origen medieval y militar es buena prueba la
denominación del elemento esencial de la heráldica: el “escudo”, ya que era
sobre este elemento defensivo sobre el que se pintaban los emblemas elegidos
por los caballeros u otorgados a éstos por los soberanos. Más tarde su uso se
extendió a toda clase de soportes: telas, joyas, fachadas de las viviendas,
cuadros, monumentos funerarios, etc. Precisamente una de las utilidades que hoy
en día tiene la heráldica, aparte de la de facilitar unas normas básicas y racionales
para la composición de los escudos, es la de ayudar a la identificación de
las personas o las pertenencias de éstas identificadas con signos heráldicos. Por esa razón, la Heráldica es también, y
sobre todo, una de las llamadas ciencias auxiliares de la Historia, como lo
son la Paleografía, que descifra las escrituras antiguas; la Diplomática, que
estudia las cartas, diplomas, títulos y otros escritos jurídicos; la
Epigrafía, que estudia las inscripciones sobre piedra, metal o madera; la
Sigilografía, que trata lo relativo a los sellos con que se firmaban los
documentos; la Vexilología, que analiza las banderas y estandartes; la
Genealogía, que investiga el origen y filiación de las familias; y el derecho
Nobiliario, que regula el ejercicio de la Nobleza o la sucesión en la
posesión de títulos. Clasificación
de la Heráldica En función de su ámbito de aplicación
concreta, la heráldica puede clasificarse en: a)
Heráldica gentilicia: de los individuos, familias o linajes. b)
Heráldica cívica o civil: de las entidades
territoriales. Ésta se subdivide a su vez en nacional, provincial y local (y
en el caso de España, de las Comunidades Autónomas). c)
Heráldica corporativa: de las entidades, públicas o privadas,
de carácter civil: Universidades, Colegios y Asociaciones profesionales;
clubes deportivos, sindicatos, etc. d)
Heráldica eclesiástica: de las personas, instituciones o
entidades de la Iglesia. e)
Heráldica militar: de las personas, instituciones y
cuerpos o entidades militares. f)
Heráldica industrial: de marcas o productos elaborados por
las empresas. Dicho todo esto, pasamos a los conceptos
elementales de la Heráldica, que son aplicables a cualquiera de las ramas en
las que se la clasifica.
|
Heráldica cívica / Heráldica municipal
|
Los
primitivos escudos tenían una forma casi triangular, pero después fueron
cambiando para adaptarse a la necesidad de incorporar nuevos elementos o
simplemente en razón de modas, que también las ha habido en esto. De la observación de las
representaciones heráldicas que nos ha legado la Historia, puede deducirse
que no ha existido en ninguna época o país un modelo uniforme de escudo, sino
que, por el contrario, en cada país y en cada época han coexistido diversas
formas, que en muchas ocasiones no han respondido a otro criterio que la moda
imperante o el capricho del artista. No obstante, pueden establecerse una
serie de tipos comunes que se han ido manteniendo a lo largo de la historia
en cada uno de los países europeos. En todo caso, lo más común es que el
escudo adopte una forma más o menos rectangular, con la parte inferior más o
menos redondeada o puntiaguda, pero caben infinitas posibilidades.
La forma de escudo que se considera generalmente como
escudo español, es la primera que hemos descrito, con la base redondeada; y a
este diseño responde el actual modelo oficial del Escudo de España, aprobado
por Real Decreto de 18 de diciembre de 1981.
|
||||||||||||||||||||||||
II. Campo
y Particiones
Se denomina campo del escudo al espacio comprendido
dentro de las líneas que limitan el mismo, es decir, a lo que hemos definido
antes como escudo, propiamente dicho; y también se denomina campo al fondo de
cada una de las particiones en que se divida el escudo. Éste, en función del
número de divisiones o particiones que contenga, puede ser Simple o Compuesto. Es simple cuando en todo el campo aparece un único esmalte, y es compuesto cuando está dividido en dos o más
cuarteles, que es como se denominan las divisiones del escudo. Las más
comunes son: partido (dividido verticalmente), cortado (dividido horizontalmente),
tronchado, tajado, terciado, cuartelado, jironado, etc. Otras son: cortinado, mantelado, calzado, embrazado,
contraembrazado, encajado, enclavado, adiestrado, siniestrado, flechado... y sus diversas combinaciones.
En cuanto a las proporciones del escudo -y en esto
coinciden todos los autores, aunque no siempre se respeta-, deben éstas
mantenerse siempre en 6 de alto por 5 de ancho; de lo contrario resultará
desproporcionado, sobre todo al realizar las particiones. |
||||||||||||||||||||||||
III.
Esmaltes
En Heráldica se denomina esmaltes a los colores con que
se pinta tanto el campo como las figuras del escudo. Los esmaltes se dividen
en metales y colores. Son metales el oro
y la plata, que en la práctica
pueden ser sustituidos por amarillo y por blanco, aunque no deben usarse
éstos y aquéllos (oro y amarillo, o plata y blanco) simultáneamente. Son
colores, el Gules o rojo, Azur o azul, Sinople o verde, Púrpura
o morado, y Sable o negro. Además de
éstos, que son los básicos, pueden usarse, además, todos los colores
naturales de animales, plantas y construcciones, y el color de la piel humana
(denominado carnación), para las
personas. En todo caso, el campo deberá ser siempre de uno de los siete esmaltes
citados, sea éste metal o color, y hay que tener en cuenta que no son
admisibles diferentes tonalidades en los colores. No existe, por tanto, el
rojo “carmesí”, ni el azul “celeste”, ni nada que se le parezca. Menos frecuentes son los llamados forros. Éstos
son combinaciones de dos
esmaltes en forma de dibujos convencionales: veros y armiños.
Se
considera regla fundamental de la Heráldica el “no ponerse nunca en los
escudos metal sobre metal ni color sobre color”. De esta regla dice el Marqués
de Avilés: “Aunque son reglas, y
preceptos del Blasón todos los que se han dado, y se darán por observación,
la principal, y más célebre regla, y ley inviolable de él es que no se ponga
metal sobre metal, ni color sobre color, porque de lo contrario las Armas
serán falsas”. Sin embargo, como reconoce el propio Marqués de Avilés, no
hay regla sin excepción, y ésta tiene nada menos que seis. No se aplicará,
pues, esta regla a los pequeños detalles de las figuras, como ojos, garras,
picos, frutos, coronas, etc., ni a las figuras humanas y sus partes o a las
restantes figuras que se representes en su color natural, los cuales podrán
ponerse indistintamente sobre metal o sobre color. Se pueden representar los esmaltes, sin necesidad de
utilizar los correspondientes pigmentos, mediante un sistema ideado por el
jesuita italiano Silvestre Pietrasanta en 1638, conocido como rayado
heráldico, que consiste en simbolizar cada uno de los colores o metales por
medio de señales gráficas. Así, se representa el oro por medio de puntos; la
plata, dejando el campo en blanco; el gules, con rayas verticales; el azur,
con rayas horizontales; el sinople, con líneas diagonales de derecha a
izquierda; el púrpura, con líneas diagonales de izquierda a derecha; y el
sable, con líneas verticales y horizontales cruzadas, o con el mismo negro.
Estos símbolos pueden usarse tanto en el campo como en las figuras. El color
natural en las figuras se representa, igual que la plata en el campo, dejando
la superficie en blanco. A continuación se incluye un cuadro con los
diferentes esmaltes y su representación gráfica.
|
||||||||||||||||||||||||
IV.
Figuras
Se denominan figuras o piezas a todos los objetos que se
colocan en el campo del Escudo. Los heraldistas distinguen cuatro clases de
figuras: Heráldicas, o piezas propiamente dichas, como el jefe, el palo, la banda, la faja, la cruz, el aspa o sotuer, la bordura, etc.; Naturales, como los animales, las plantas, los
astros y meteoros, las figuras humanas; Artificiales, como las coronas,
castillos, torres, cadenas, herramientas, etc.; y Quiméricas, como dragones,
grifos, sirenas, etc; aunque la distinción más común es entre las que
representan animales, plantas u objetos y que se denominan propiamente
figuras, y las puramente geométricas, llamadas piezas.
Aunque las excepciones en Heráldica, y sobre todo en la
Heráldica Municipal española, están cerca de convertirse en norma, existen
unas reglas fundamentales que deben tenerse muy en cuenta a la hora de
disponer los elementos de un escudo. Además de la ya citada, relativa a los
esmaltes, las restantes reglas se refieren a la colocación de las figuras en
el campo del escudo, y son las siguientes: 2. Cuando no hay más que una sola figura en el escudo, se
coloca en el centro del mismo, llenando todo su campo, sea cual fuere su
tamaño natural, pero sin tocar los extremos del escudo. 3. Cuando las figuras que no son piezas honorables están
en el escudo en número de tres, se ponen dos en jefe (en la parte superior) y
una en punta (en la parte inferior). Si van colocadas una en jefe y dos en
punta, se dice que están mal ordenadas. 4. Toda figura animada que no esté de frente, ha de
ponerse forzosamente mirando hacia la derecha del escudo. Si mirase hacia la
izquierda, ha de consignarse. Estas reglas de la Heráldica deben tenerse siempre
presentes al dar forma a un escudo. Para comprenderlas, nada mejor que la
contemplación de las representaciones heráldicas, realizadas por artistas de
la talla de Durero, en los siglos XVI y XVII reproducidas en “The Art of
Heraldry”.
|
||||||||||||||||||||||||
V. Ornamentos exteriores del escudo
El timbre más comúnmente usado en la heráldica familiar o
gentilicia es el yelmo,
derivado del casco de los caballeros. Los yelmos se adornan además con
cimeras y lambrequines, frecuentemente del esmalte del escudo. Las coronas se
representaron posteriormente, a partir del s. XVII. La posición y la
decoración de coronas y yelmos fueron usadas para indicar los grados en la Los timbres eclesiásticos son la tiara pontificia, capelos, mitras,
báculos, cruces, sombreros, rosarios y borlas. Los soportes pueden ser tenantes
(figuras humanas o semihumanas) y soportes propiamente dichos (animales
u objetos inanimados), son las figuras que sostienen el escudo y que derivan
de los ornamentos que en los sellos rodeaban el escudo. Parecidos a éstos son
los emblemas de oficios (llaves pontificias, cruz episcopal o abacial,
bastones, de mariscales, áncoras de almirantes, etc.) y los signos de
dignidad, como los collares de órdenes y las condecoraciones, que siempre
deben situarse fuera del escudo. Este último puede estar rodeado de un manto
(reyes, principes, duques) y superado o sostenido por una divisa
o voz de guerra, situada generalmente en un listel. CORONAS
ESPAÑOLAS
|
||||||||||||||||||||||||
VI. Forma de blasonar
Para interpretar adecuadamente
un escudo hay que tener en cuenta que éste se personifica, es decir, que la
derecha del escudo se corresponde con la izquierda del observador y
viceversa, y que, longitudinalmente, el escudo se divide en jefe, centro y
punta. |
||||||||||||||||||||||||
|
Como hemos dicho, una de las ramas en las que se clasifica la heráldica es la heráldica cívica o heráldica civil. De ésta formarían parte la heráldica nacional, la provincial, la municipal y la de otras entidades de carácter territorial, como las Comunidades Autónomas en España, los Länder en Alemania, o los Cantones suizos. Igualmente formarían parte de esta rama de la heráldica la correspondiente a los entes e instituciones públicas dependientes de los anteriores. La heráldica cívica tiene características singulares que la diferencian de otras ramas de la heráldica y que tienen su origen en el diferente uso de los emblemas y también en las circunstancias históricas y políticas del país de que se trate. Esta singularidad se manifiesta, tanto en la forma del escudo, como en los adornos que lo rodean, muy diferentes según se trate de monarquías, repúblicas u otros regímenes políticos, y muy influenciado por la herencia cultural, como puede verse en los siguientes ejemplos:
En nuestro país esto ha tenido un reflejo muy claro en los cambios que ha ido sufriendo el escudo a lo largo de los siglos en función de la dinastía reinante o del régimen monárquico, republicano o “indefinido”, vigente en cada momento (ver la evolución del Escudo de España). |
||||||||||||||||||||||||
|
Dentro de la Heráldica civil, la más variada es, sin duda, la Heráldica municipal. Ésta, como la heráldica gentilicia -de personas o linajes-, hace también su aparición en la edad media, aunque su origen y finalidad son lógicamente diferentes. En España,
conforme avanza la Reconquista, los reyes leoneses, castellanos o aragoneses
conceden diversos privilegios (fueros) a los habitantes de las poblaciones
reconquistadas o fundadas en los territorios arrebatados a los musulmanes,
como forma de premiar los servicios prestados y para asegurar su asentamiento
estable. Entre los privilegios que
conceden los reyes, aparece con cierta frecuencia uno que, a primera vista,
podría pensarse que carece de importancia: Inicialmente, el “sigillum” no tiene forma de escudo tal como hoy lo conocemos, ni aparecen en él los ornamentos externos que caracterizan a la heráldica municipal moderna. Como su nombre da a entender, se trata de un signo gráfico de más similitud con los actuales anagramas y “logos” corporativos que con los escudos heráldicos, y su forma será usualmente la circular u ovalada. La función de este “sigillum” será la de autentificar los documentos del Concejo y, cada vez más, la de representarlo simbólicamente. Más tarde este signo se grabará en piedra en las fachadas de los edificios municipales y comenzará a adoptar, por imitación de los escudos gentilicios, la forma característica de éstos.
En la actualidad, la competencia para la
aprobación de los escudos de armas municipales en España está transferida a
las Comunidades Autónomas, y son éstas las que regulan todo el proceso de
creación o rehabilitación de los símbolos municipales, de acuerdo con el
procedimiento reglamentario que tengan establecido.
La Heráldica municipal, al menos la europea, suele ser bastante sobria y en general prescinde de la mayoría de los ornamentos exteriores, con excepción de la corona, que varía en función de las peculiaridades o el régimen político del país en cuestión, y de los soportes del escudo, éstos últimos muy frecuentes en la heráldica anglosajona. En muchos países los escudos municipales se timbran con un tipo de corona específico para estas entidades: la corona mural, que es la formada por un lienzo de muralla intercalada de torres (en número variable, en función de la categoría del municipio); sin embargo, en España, salvo en Cataluña, no llega a imponerse el uso de esta corona, sino que los escudos municipales se timbran ordinariamente con la corona real (abierta o cerrada) y en algunos casos, menos frecuentes, con las de títulos nobiliarios o de señorío (duque, marqués o conde), cuando la localidad correspondiente hubiera estado sometida a este régimen de señorío. La explicación del rechazo de la corona mural quizá provenga de la identificación de ésta con el régimen republicano, pues tanto la primera como la segunda República adoptaron la corona mural en el escudo. En la heráldica municipal española (y también en la de algunos paises iberoamericanos) es relativamente frecuente encontrar escudos timbrados al estilo de los escudos gentilicios, incluyendo yelmos, bureletes, lambrequines, etc., pero ésta es una práctica poco recomendable, aunque ciertamente difícil de erradicar.
Última revisión: miércoles, 26 de noviembre de 2003 |